Con Elementos legales Tribunal de Justicia Administrativa Anula Actual Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de Ocotlán


* Director de la CAPAO en Desacato al Fallo Judicial del Tribunal 


El Tribunal de Justicia Administrativa da un  revés a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de la Comunidad de Ocotlán (CAPAO) al surtir efecto el resolutivo de la anulación de la actual administración encabezada por  Víctor Garrido Lechuga


De acuerdo a Oficios girados por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tlaxcala, donde se resolvió la nulidad absoluta del procedimiento, mediante el cual se llevó a cabo la elección de la Comisión Local de Agua Potable y Alcantarillado de la comunidad de Ocotlán, Tlaxcala de manera ilegal.

Dichas sentencias fueron giradas y  notificadas al Presidente Municipal de Tlaxcala Alfonso Sánchez García y a los integrantes del Cabildo, documentos que guardan información de acuerdo a la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Tlaxcala.

 Expediente que se encuentra en físico y con el numeral 168/2024-3, de acuerdo a Sentencia del Tribunal de Justicia Administrativa como Órgano de Control legalidad de las autoridades administrativas y garante de la justicia, declara la Nulidad Absoluta de la elección de la Comisión local de Agua Potable y Alcantarillado de Ocotlán.

Por lo que queda firme la sentencia para los efectos legales ante autoridades correspondientes.

El presente caso, manifiesta en los agravios, actos violatorios del debido proceso como son los siguientes motivos 


El Cabildo del Ayuntamiento de Tlaxcala rebasó las facultades dado que no puede realizar actos para efectos legales posteriores a la fecha de la conclusión del mandato. 


La ratificación de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado de la Comunidad de Ocotlán, es un acto antijurídico e infundado, pues no se realizó con las formalidades previstas. 


Ya que se le negó a la ciudadanía  información para que pudiera participar en el proceso de elección de dicha Comisión, la cual fue convocada mediante invitación por parte de la Presidencia de Comunidad de Ocotlán,  que en su momento fue José Adán Sánchez Mendieta.


Este procedimiento de elección fue totalmente irregular, porque únicamente se formó a través de reuniones de trabajo con el Presidente de Comunidad en turno, referente a José Adán Sánchez Mendieta en contubernio con las planillas inscritas y sus suplentes sin que se diera intervención al Ayuntamiento de Tlaxcala y a la autoridad municipal correspondiente.


Finalmente está sentencia es cosa juzgada por lo que es obligatoria su observancia y debido cumplimiento.


Procediendo a que se convoque a una Nueva Elección en términos legales y ante un escrutinio abierto y transparente.


*Esta información está sustentada con documentos de la que tiene conocimiento está redacción*.

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